La importancia de la voluntad en los convenios de alimentos.
Resumen
El presente trabajo de investigación tiene como propósito la importancia que tiene la voluntad de las partes, en los juicios ordinarios civil de alimentos; en donde el acuerdo de voluntades emitido ante el Juez de los autos, específicamente en la audiencia conciliatoria, trae como consecuencia no solo el fin de la pretensión contenciosa original, sino también, que el convenio que resulte se eleve a la categoría de cosa juzgada. Consideró que las partes, en vez de seguir un juicio largo, con todos los inconvenientes que acarrea un litigio, pueden ahorrar tiempo y dinero si se avienen entre sí en la audiencia de conciliación que presida el juez de lo familiar que cuidará en todo momento, que dicho arreglo sea proporcional a las necesidades tanto del acreedor como del deudor alimentario. Porque de esta manera podrá fijarse de manera ágil y segura los alimentos para los acreedores alimentarios sin necesidad de continuar un juicio contencioso costoso y engorroso.
Porque el Juez al darle la importancia debida a la audiencia de conciliación, que tiene por objeto procurar un avenimiento entre ellas, les hará notar todos los inconvenientes que acarrea un litigio, instruyéndoles de lo que implica una transacción, procurando en todo momento que el avenimiento al que lleguen las partes sea en proporción a las necesidades del acreedor y del deudor alimentario.
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